Temas propuestos por el GRR y por GRAIN para incorporar a la agenda de la delegación argentina en Curitiba
1. Documentación que debe acompañar al movimiento
transfronterizo de OVM
Frente a la propuesta de
la delegación argentina de que los documentos que acompañan las importaciones
tengan una etiqueta que diga simplemente que las cargas ”PUEDEN LLEGAR A
TENER ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS (OVM)” queremos
expresar que el uso de esta terminología es inaceptable, pues
niega los derechos que tienen los países importadores de contar con una
información clara sobre qué están importando, así como sus ciudadanos de
conocer lo que están consumiendo.
La documentación debe especificar claramente el tipo de transgénico que se
está importando, y proveer el mayor detalle posible. Cuando una importación
contiene más de un tipo de organismo genéticamente modificado, se debe incluir
una lista de todos los OGM que forma parte de esa mezcla.
Los costos para la identificación y segregación de los cultivos
transgénicos no deben correr por cuenta del país sino de las empresas que los
producen.
La documentación que acompaña a importaciones de alimentos transgénicos,
debe incluir además información sobre las medidas que se deben tomar para un
uso seguro de la importación en términos de manipulación, almacenaje,
transporte y utilización de los OGM.
Se debe incluir información sobre evaluaciones de riesgos que se han hecho
a esos OGM en terceros países, incluyendo las que no han sido aprobadas.
La documentación debe contener la información suficiente para que el país
importador pueda establecer un sistema de monitoreo a las importaciones,
retirar del mercado OGM que han ingresado de maneras no intencionales,
responder en caso de accidentes, desarrollar sistemas de rastreabilidad y de
preservación de la identidad de los productos.
En la documentación debe incluirse los riesgos identificados en el OGM
particular que se está importando (o de la lista de OGM, cuando se trate de
mezclas o de más de un tipo de OGM).
2. Responsabilidad civil y compensación
Un régimen internacional sobre la responsabilidad civil y
compensación relacionada con los OGM debe basarse en los siguientes principios:
1. El principal objetivo de este régimen debe ser
prevenir impactos a corto, mediano y largo plazo de los OGM. Cuando se han
producido impactos negativos a la biodiversidad, la salud humana y el bienestar
socioeconómico de las comunidades, debería afrontarse el tema de la
compensación y de la restauración ambiental.
2. La responsabilidad debe incluir a más del daño, el
deterioro o pérdidas causadas directa o indirectamente al bienestar económico,
a las prácticas socio culturales, sistemas de conocimientos y prácticas
ancestrales de los pueblos indígenas, y de otras comunidades locales.
3. El titular de la patente biotecnológica será el
principal responsable de todas las demandas, por daños, pérdidas económicas y
costos relacionados con restauración ambiental, causados por cualquiera de sus
de organismos genéticamente modificados (OGM) patentados.
4. Habrá además una responsabilidad residual por falta de
incumplimiento de normas, procedimientos, etc. y podrá recaer sobre los
titulares de las patentes biotecnológicas, los exportadores, importadores, los
comercializadores, bajo el principio de responsabilidad compartida y
diferenciada en este orden.
5. La responsabilidad debe ser objetiva y directa.
6. Se debe tomar medidas especiales, incluyendo medidas
penales, para el caso de centros de origen y diversidad de cultivos y donde hay
presencia de parientes silvestres de cultivos y variedades tradicionales, con
el fin de evitar cualquier impacto a corto, mediano y largo plazo en los
mismos.
7. El régimen de responsabilidad debe tomar en cuenta no
solo las tecnologías transgénicas, sino todo el paquete tecnológico que
acompaña estas tecnologías (tales como son los agrotóxicos). Muchas
características genéticas adoptadas a nivel comercial (como la resistencia a
herbicidas), no tienen sentido sin el uso de herbicidas. Por lo que los
impactos producidos por esos herbicidas deben ser también considerados en el
régimen de responsabilidad civil.
8. El ámbito de la responsabilidad abarcará los impactos
generados a partir del transporte, tránsito, manipulación y utilización de los
OGM, así como en los movimientos transfronterizos involuntarios e ilegales.
9. De existir impactos negativos en áreas protegidas,
centros de origen de cultivos y diversidad de cultivos, la responsabilidad debe
ser mayor, y se debe incluir sanciones penales, sin prejuicio de las sanciones
civiles.
10. Dado que los riesgos que pueden generarse a partir de
los OGM pueden tener impactos a largo plazo, ser acumulativos y crear
sinergismos con otros elementos ambientales o la salud humana; la
responsabilidad no debe prescribir. En las legislaciones de algunos países los
crímenes ambientales no prescriben. Estas legislaciones pueden contribuir al
régimen internacional.
11. El régimen debe ser internacional, y la
responsabilidad debe incluir a los países que no son parte del Protocolo, sobre
todo cuando una de sus empresas han generado impactos en países que son Parte.
3.
Prohibición de la Tecnología Terminator
La tecnología Terminator se refiere a que plantas
genéticamente modificadas arrojan semillas estériles en la cosecha (Tecnología
de Restricción en el Uso Genético o GURT). La tecnología Terminator fue
desarrollada por una industria multinacional de agroquímicos/semillas y el
gobierno de Estados Unidos para evitar que los agricultores guardaran y
resembraran toda semilla cosechada que se hubiera desarrollado con
biotecnología por las corporaciones de semillas. Terminator no se comercializa
aún, ni se prueba en el terreno, pero ya se llevan a cabo pruebas en
invernaderos estadounidenses.
Actualmente existe una moratoria internacional de facto
sobre Terminator en el Convenio de Diversidad Biológica de Naciones Unidas.
Pero esta moratoria de facto se encuentra amenazada por presión de las
Corporaciones y por nuevas propuestas que intentan rediscutir la situación del
Terminador.
Debido a los seguros impactos potenciales de Terminator
para los pueblos indígenas y el conocimiento tradicional, para los campesinos y
productores de pequeña escala y para la bioseguridad en general, consideramos
que se necesita una prohibición total para asegurar de este modo, que esta
peligrosa tecnología nunca se pruebe en el campo o se comercialice. Los
gobiernos tienen el poder para prohibir Terminator, la comunidad internacional
puede prohibir Terminator.
Solicitamos que la delegación argentina a la 8ª
Conferencia de las Partes (COP8) del Convenio de Diversidad Biológica del 20 al
31 de marzo de 2006 en Curitiba, Paraná, Brasil, donde se discutirá el futuro
de Terminador, apoye que en esta reunión se fortalezca la moratoria sobre
Terminator y se den pasos para prohibir la tecnología de una vez por todas.
4.
Rechazar el desarrollo del Global Partnership o asociación global para la
biodiversidad
La Secretaría del Convenio de BD en su documento
UNEP/CBD/COP8/25/Add.1 desarrolla una propuesta de resolución a ser considerada
en la COP8, punto 24, que se propone hallar mecanismos, herramientas y
compromisos para involucrar a la empresa privada en la implementación del CBD y
para investigar la opción de crear un Global Partnership. El documento informa
que durante el segmento ministerial de la COP8 habrá un desayuno y una mesa de
trabajo a la que asistirán los Ministros así como líderes empresariales y otros
actores, para discutir cómo los negocios y la industria pueden contribuir a
alcanzar la meta del 2010.
Proponemos rechazar los propuestos mecanismos de
financiamiento innovativos a los que se propone acudir, así como a las medidas
tributarias incluyendo incentivos a las empresas privadas que hagan donaciones
para la conservación de la biodiversidad, o que financien proyectos sobre
biodiversidad,
Rechazar los propuestos
mecanismos de financiamiento innovativos a los que podrían acudir los
gobiernos.
Rechazar las medidas tributarias incluyendo incentivos a las empresas privadas
que hacen donaciones para la conservación de la biodiversidad, o que financien
proyectos sobre biodiversidad, así como la disminución de impuestos a la
explotación de recursos naturales y regalías provenientes de industrias
relacionadas con la explotación de la vida silvestre, forestación y pesca.
Rechazar las reformas administrativas que permitan el establecimiento o
mejoramiento de los mercados relacionados con la biodiversidad, ingresos
provenientes de la privatización de propiedades públicas, incluyendo objetos de
la biodiversidad, ingresos generados por el pago de permisos de cacería y pesca
dentro de las áreas protegidas.
Rechazar la generación de ingresos por bioprospección, venta de servicios
ambientales, venta comercial de madera (de manera sustentable).
Rechazar posibles iniciativas del sector privados tales como creación de
asociaciones público – privadas, apoyos provenientes de la industria, clubes de
conservación.
Rechazar canjes de deuda por conservación y mercado de carbono dentro de los
mecanismos de Protocolo de Kyoto.
El tema de la financiación de la conservación ha sido discutido en otros foros
como la Comisión de Desarrollo Sustentable, en la Asamblea General de las
Naciones Unidos en el marco de las metas del milenio. Aunque las propuestas
varían en los matices, en el fondo todas son propuestas para privatizar, no
sólo la conservación de la biodiversidad, sino la biodiversidad misma.
5. Rechazo a los árboles transgénicos y respaldo a la
moratoria
Se trata en definitiva de
la implementación del párrafo 19 OF de la decisión VI/22. Que la Delegación
argentina apoye la recomendación del The Subsidiary Body on Scientific, Technical and Technological Advice de tomar
en cuenta los potenciales impactos de los árboles GM en la diversidad biológica
forestal y establezca un proceso para enfrentar estas propuestas.
8 de
marzo de 2006-03-08